DEMANDA DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA PRESENTADA EN CONTRA DEL MUNICIPIO DE OTAVALO




SEÑOR JUEZ DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES DEL CANTON OTAVALO:

LUIS ANIBAL YEPEZ FLORES, ciudadano ecuatoriano, domiciliado en este cantón Otavalo perteneciente a la provincia de Imbabura, de 36 años de edad, de estado civil casado, de profesión Doctor en Jurisprudencia, ante su Autoridad, en uso de mis derechos y deberes contemplados en la Constitución de la República aprobada por el pueblo Ecuatoriano, muy comedidamente comparezco y deduzco la siguiente ACCION CONSTITUCIONAL DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA:

ANTECEDENTES:

De la documentación que acompaño en dos fojas útiles, vendrá a su conocimiento que el compareciente he solicitado al señor Alcalde del cantón Otavalo, confiera la  siguiente información pública: La documentación precontractual, contractual de la remodelación del Parque Central de la ciudad de Otavalo, con sus respectivos anexos; petición que fue ingresada a la municipalidad con fecha 21 de diciembre del 2011, con número RDE 14962, la cual hasta la fecha no ha sido atendida dentro del término legal, operando conforme a la Ley el silencio administrativo, según lo establecido en el Art. 28 de la Ley de Modernización del Estado; en concordancia con el Art. 21 del Reglamento a la Ley de Modernización; y, el Art. 9 de la Ley Orgánica de Transparencia y  Acceso a la Información Pública. Consecuentemente se ha violentado el derecho de petición establecido en el Art. 66 numeral 23 de la Constitución Política de la República.

En virtud de lo manifestado anteriormente, interpongo la presente ACCION DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA, para que mediante la resolución respectiva se ordene Alcalde del cantón Otavalo, Sr. Mario Conejo Maldonado,  me sean conferidos los siguientes documentos:

1.- La documentación precontractual y contractual de la remodelación del Parque Central de la ciudad de Otavalo, con sus respectivos anexos.

Fundamento mi petición en lo establecido en el Art. 91 de la Constitución de la República.

La acción planteada está dirigida en contra del señor Mario Conejo Maldonado y Dra. Johana Maricela Andrade Revelo, en sus calidades de Alcalde y Procuradora Síndica del cantón Otavalo respectivamente del Municipio de Otavalo.

El trámite del presente por su naturaleza es el especial.

La cuantía es indeterminada. 

A los señores Mario Conejo Maldonado y Dra. Johana Maricela Andrade Revelo se los citará en sus oficinas ubicadas en  la calle García Moreno 505 y Sucre de esta ciudad.

Posteriores notificaciones las recibiré  en el casillero judicial 30 del Distrito Judicial de Otavalo y autorizo al Dr. José Luis Tapia para que a mi nombre y representación suscriba todo escrito relacionado con el presente caso.





Dr. José Luis Tapia C.                                               DR. LUIS YEPEZ FLORES
A B O G A D O                                                        CC. 100234019-6
MAT. 10-2005-2-FAI


Comentarios

Entradas populares